lunes, 8 de abril de 2013

Republicanismo. Una teoria sobre la libertad y el gobierno.



Republicanismo

Una teoría sobre la libertad y el gobierno (1997).

Resumen interpretativo.

Presentación


            Con este sugestivo titulo, Philip Pettit, profesor de Teoría Social y Política en la Research School of Social Science, de la Australian National University, en Canberra, y de Filosofía en la Columbia University de Nueva York, publicó en el año 1997 un libro que trata acerca de lo que es el republicanismo  en sí mismo, y en comparación con otras posiciones, como el liberalismo, el anticolectivismo y el antiatomismo, todos ellos, grandes temas de debate.

         Presentar este breve resumen, del citado libro del profesor Pettit, para ponerlo a conocimiento de todos, en su parte sustantiva no fue tarea fácil. Es desde luego, un compromiso ineludible, tratar de acercarse lo objetivamente posible al pensamiento del autor, a fin de acceder a través de él, a una moderna interpretación de las grandes tesis políticas y sociales, que emergían a finales del siglo XX y que hoy siguen desarrollándose.

         En el entendimiento que obrando así, se podrá contribuir al enriquecimiento cultural de todos los ciudadanos se ha elaborado este trabajo.


Resumen de la Introducción a la obra citada.

Este autor explica que el desarrolla  una postura critica, en primer lugar, contra la filosofía  social del colectivismo, porque rechaza la idea  de que los individuos son meros juguetes de fuerzas  sociales agregadas, meros números en un juego de azar histórico, peones en marcha hacia un destino histórico.

En segundo lugar, hace lo propio en contra de la tesis atomista, porque la noción del individuo solitario es ilusoria; las personas dependen unas de otras, a través de más de un nexo causal, incluso para su misma capacidad de pensar; son esencialmente, criaturas sociales.

Así, ya de entrada, arremete contra dos posturas, descalificándolas con palabras sencillas, al alcance de todo público, sea del nivel cultural y académico que fuere.

Pero con todo, el profesor Pettit profundiza su pensamiento sociopolítico, anticipándose que entre otros objetivos, su libro intentará establecer “la diferencia entre republicanismo y liberalismo”, como necesidad impostergable, como se dice corrientemente, para poner las cosas en su lugar. Y por este camino nos conduce a esta aseveración:

“Yo descubrí el republicanismo en un trabajo sobre Derecho Penal e ideales políticos, en particular el ideal de libertad”, en dicha circunstancia  descubrió la diferencia entre republicanismo y liberalismo, mediante un análisis histórico, político y sociológico.

“Los republicanos tradicionales, dice Pettit, concibieron la libertad cuando arguyeron que su antónimo, su opuesto, era la esclavitud y que hay una enorme diferencia entre escaparse de todo interferencia arbitraria y ser más o menos invulnerable a dicha interferencia”  Este enfoque presenta así la libertad como no-dominación: como una condición en la cual la persona es más o menos inmune a las interferencias arbitrarias. En suma, los republicanos consideran que la esclavitud o la sumisión es un gran mal y que hay que impedir que una persona quede maniatada a la voluntad arbitraria de otro. Tal fue el aspecto del republicanismo, desde sus inicios, coincidentes con las Revoluciones  Americana y Francesa.

La tradición republicana no es intrínsecamente populista  ni es tampoco particularmente comunitaria. La tradición republicana comparte con el liberalismo  el presupuesto de que es posible organizar  un estado y una sociedad civil viables, sobre bases que trascienden a divisiones de tipos religiosos y afines. En esa medida, muchos liberales harán suya esa tradición republicana. Pero en las dos ultimas centurias de su desarrollo, el liberalismo ha venido siendo asociado con la concepción negativa de la libertad, como ausencia de interferencia y con el presupuesto de que no hay nada inherentemente opresivo en el hecho de que algunos tengan poder de dominación sobre otros, siempre que no ejerzan ese poder ni sea probable que lleguen a ejercerlo.

Esa relativa indiferencia al poder o a la dominación ha vuelto al liberalismo tolerante respecto de muchas relaciones: en el hogar, en el puesto de trabajo, en el electorado y en otros sitios, que el republicanismo esta obligado a denunciar como perniciosos ejemplos de dominación  y falta de libertad. Lo que ha venido a significar que si mucho liberales se preocupan de la pobreza, de la ignorancia, de la inseguridad, etc., lo hacen por lo común, movidos por compromisos independientes a su relación con la libertad como no-interferencia.   ( por un compromiso con la satisfacción de las necesidades básicas, o con la realización de una cierta igualdad entre la gente, pongamos como ejemplo)

El liberalismo.

El liberalismo, según la construcción de Pettit, es una iglesia muy grande. Pienso que los liberales entienden la libertad como no-interferencia.

“Yo distingo, dice este autor, entre liberales a la izquierda del centro, que subrayan la necesidad de hacer efectivo el valor de la libertad como no-interferencia (algo más que un valor formal) o que hacen suyos valores como el de la igualdad o el de la eliminación de la pobreza, añadiéndole el valor de la no-interferencia; y liberales a la derecha del centro, vale decir,  libertarianos, quienes piensan que basta con garantizar la no-interferencia, entendida como algo formal, jurídico. Pero no se puede pasar por ato que muchos liberales de izquierda se sentirían incómodos con esta forma de encasillarlos. Ellos entienden su liberalismo más cerca de la posición republicana que de la libertariana; y probablemente estarían dispuestos a abandonar la taxonomia populismo, republicanismo y liberalismo a favor de una alternativa taxonómica  del estilo populismo, republicanismo, liberalismo y libertarianismo”.

Para Pettit, esto último tiene una ventaja, pues mientras la imagen populista del estado representa al pueblo como amo y al estado como siervo, a imagen republicana pinta al pueblo como fideicomitente y al estado como fiduciario. Los liberales de izquierda aceptarían también muy probablemente esa imagen de fideicomitente-fiduciario, y experimentarían un indudable atractivo de esa taxonomia alternativa, que permita vincular al libertarianismo como una tercera imagen de la relación entre pueblo y estado.

Quienes se entienden así mismos como libertarianos, tienden a pensar que el pueblo es un agregado de individuos atomizados, un agradado sin identidad colectiva, y a presentar al estado como algo que, idealmente, no debería ser si no un aparato al servicio de los individuos ocupados en perseguir sus propios y atomizados propósitos. El modelo no es el del amo y el siervo, ni del fideicomitente y el fiduciario, si no el de un agregado de individuos y un aparato apto para garantizar  la satisfacción individual de aquellos. Para los amantes de taxonomias que ahonden en varias dimensiones, lo más usual sería  o podría ser, populista, republicano/liberal y libertario por otra parte.

Presentación de liberalismo

Para Pettit, la mejor presentación del liberalismo es hacerlo parecer como una gran iglesia que abarca al liberalismo de izquierda y al de derecha. “Pues mi principal preocupación, asevera, es el modo en que las diferentes teorías conciben la libertad, y creo que el grueso de los sedicentes liberales, el grueso, no todos, conciben la libertad de un modo negativo, como no-interferencia; desde luego, no la atienden a la manera republicana, como no-dominación. Los liberales de izquierda hallaran atractiva la línea republicana, sobre todo porque tiene implicaciones institucionales. Pero creo que la mayoría de ellos tendrán que admitir que la base de partida de esa línea son distintas. Se trata de unas bases que fueron familiares a los representantes de la tradición republicana  admirados por los liberales (como Harrington, Locke, Montesquieu, Madison, entre otros), pero de unas bases generalmente ignoradas en el pensamiento autoconsciente liberal.

Eventual critica de los Historiadores de ideas.

Se adelanta a decir Pettit, que a algunos historiadores de ideas les resultará ingrato el modo como él desenvuelve la tradición republicana, liberal y populista, como posiciones diferentes. Por eso vale la pena introducir alguna matización. Aunque su libro arranca con una noción de libertad de procedencia histórica particular, y aunque tampoco él se priva de resaltar eso en la introducción de su obra, no por eso el libro queda comprometido de modo esencial con las numerosas tesis histórico-intelectuales controvertidas. Tal vez  el republicanismo no merezca el nombre de tradición, por ejemplo, por carecer de la coherencia y la compacidad necesarias para ser tratada de este modo. Tal la preocupación del siglo XVIII por el poder del estado, distinguiendo el poder del estado del de los poderosos, abra un hiato tal, que no resuelve, que no resulte propio llamar tradición a algo que plantea este abismo. O tal vez haya otras razones para subdividir lo que Pettit presenta como una tradición única en distintos periodos o ramas. “Por mi parte, expresa Pettit, no necesito comprometerme en estas cuestiones de detalle”.

“Lo que yo necesito, puntualiza, en forma estricta se reduce a la tesis de que la presentación de la libertad como inmunidad frente al control arbitrario se halla en muchos autores históricos, como algo que se trata de una concepción del ideal a la vez especifica y desafiante, y que merece la pena tenerla en consideración en el debate de la filosofía política contemporánea. Si los historiadores de las ideas hallan errado mi planteamiento, les invito a examinar las alusiones históricas más substantivas, como simplificaciones justificadas solo a modo de ilustración de mis tesis propiamente filosóficas”.

Lo importante y decisivo en el republicanismo.

“Yo pretendo, anticipa Pettit, que populistas y liberales (sean estos de izquierda o de derecha), presten atención al enfoque republicano. La teoría republicana debería resultar seductora para todos sus competidores. La concepción republicana de la libertad debería atraer a liberales de todos los matices, en la medida en que, centrada en la capacidad individual de elección, tiene mucho en común con la noción negativa de libertad como no interferencia. Y debería atraer también a los populistas, en la medida en que exige que el gobierno no dominador, atienda a los intereses y las interpretaciones de la gente corriente”.

El axioma central del pensamiento republicano, reitera Pettit, no es una noción recién ideada, ni es una noción como la justicia y la igualdad, cuyos atractivos dependen de la aceptación de una visión disputada. En sí misma, es lo bastante tradicional y modesta como para reclamar la atención de todo el mundo.  Más aún, añade, la teoría republicana se organiza en torno a un punto tradicional y modesto, extremadamente fértil y exigente en los teoremas que permite inferir sobre las instituciones de gobierno. No tiene nada que ver con el ralo y desalmado tipo de gobierno con el que los liberales de derecha pretenden darse por satisfechos. Y no vienen tampoco en apoyo del poder mayoritario intervencionista (el tipo potencialmente tiránico de poder) que los populistas han de aplaudir.

Nos pone, comenta Pettit, en una posición muy cercana a la abrazada por los liberales de izquierda, pero ofrece una axiomatización alternativa de la mayoría de las intuiciones de éstos. Lo que pasa es que la axiomatización alternativa tiene dos ventajas. Primero, parte de una base que es menos discutible que la base planteada por los liberales de izquierda; les ofrece a éstos, por ejemplo, un suelo en común en el que debatir con sus oponentes derechistas. Y segundo, la axiomatización republicana desarrolla intuiciones, también intuiciones compartidas, de un modo original y específico, y sin embargo, convincente. Así, como se verá con claridad, ofrece un modo atractivo de justificación de los ideales igualitarios y hasta comunitarios. Y viene en apoyo de un modo estimulante de repensar las instituciones democráticas, desplazando la noción de consentimiento a favor de la disputabilidad.



Cronología Histórica

A juicio de Pettit, el surgimiento y la estabilización de la noción republicana de la libertad, así como su eclipse, se produjo con la Revolución Americana. Fue ese tiempo cuando la noción de la libertad como no interferencia, le ganó la batalla a la libertad como no dominación. En aquel contexto, el liberalismo reemplazó al republicanismo como filosofía política dominante. El segundo paso articuló filosóficamente  la noción de la libertad como no-dominación, en contraste con la libertad como no-intervención.

El tercer paso gira en torno a la capacidad de la libertad como no-dominación, al servicio de un ideal orientador para el Estado. Y, finalmente, conviene determinar las conexiones entre la libertad como no-dominación y los valores de ella ligados con la Revolución Francesa, presentado para exponer el carácter igualitario y comunitario de la libertad como no-dominación, demostrando su atractivo como ideal político. Veremos ahora en detalle estos cuatro planteamientos.

En el primer caso, se distingue la libertad positiva de la negativa. En forma sumaria, la cuestión se reduce a estos puntos: 1) No-interferencia, no-dominación: bien para ambos ideales; 2) Interferencia y dominación: mal para ambos ideales; 3) Dominación pero no-interferencia: mal solo para el ideal de no-dominación 4) Interferencia pero no dominación: mal solo para el ideal de no-interferencia.

En el segundo caso, se incluye la libertad como no-dominación y es del mayor interés en la teoría política; en este sentido, hay que identificar los rasgos capitales de la libertad como no-dominación, mostrar que podría significar  este ideal como causa política, e indicar el impacto institucional que tendría la organización de las cosas necesarias para promover el ideal.

En el tercer caso, procede mencionar  la no-dominación como ideal político; en este sentido, la tradición republicana asigna a la libertad como no-dominación  el valor político supremo y abraza el supuesto  de que la justificación de un estado coercitivo y potencialmente dominante, consiste en que promocione este valor: “La libertad es el bien capital de la sociedad civil”.

En el cuarto caso, (libertad, igualdad, comunidad), se examinan: 1) el ideal igualitario; 2) el ideal comunitario: en el enfoque republicano podemos hablar de la liberación o emancipación de una sociedad o de una clase social, o de una casta, pero si reducirnos a una retórica excesivamente colectivista; y 4) cuando los dirigentes de la Revolución Francesa hablaban de libertad, igualdad y fraternidad, no iban más allá del ideal republicano de libertad. De ahí que querer la libertad republicana es querer la igualdad republicana, y realizar la igualdad republicana es realizar la comunidad republicana.

El Estado Republicano

Sobre este tópico, señala Pettit: “He tratado de hallar una nueva filosofía republicana del estado en los proteicos materiales de la vieja tradición premoderna. La república de la tradición se describe con un lenguaje moral cuya procedencia es centenaria, a la que sirven de ejemplo las ciudades italianas septentrionales del Renacimiento, la Commonwealth inglesa del siglo XVII y las colonias británicas en la América del siglo XVIII. Se basa en el supuesto de que los ciudadanos constituyen una clase de propietarios ricos, que están obligados por el honor y la virtud, para reunirse a votar en intervalos regulares. En cuanto al mundo moderno, se trata de las cosas que debe hacer una república para contrarrestar los peligros dimanantes de los distintos niveles del dominium. También deben fijarse los fines del estado republicano, para combatir tales peligros. En su empeño por allanar el camino a la conversación política, lo primero es limitarse a distinciones conceptuales, que nadie pueda rechazar; y lo segundo es ofrecer un medio que habilite a todos los miembros de la sociedad, para ofrecer una articulación satisfactoria de sus agravios y de sus objetivos”.

Es preciso aclarar, puntualiza este autor, la manera en que una filosofía política puede fracasar en su empeño  de hacerse de un lenguaje satisfactorio para el debate. Tomemos el ejemplo de la filosofía liberal clásica,  que hace de la libertad como no-interferencia el único y supremo bien de la política, que fracasa a la hora de proporcionar un medio en que los tangibles agravios de los diferentes grupos pueden ser razonablemente articulados. Consideremos, dice Pettit, el agravio del trabajador, o el de la mujer o el del arrendatario o del deudor, quienes, dominados aún sin sufrir interferencias reales, tienen sin embargo que fingir y adular y mirar con aprehensión a un amo que tiene poder sobre ellos.

La razón por la que el liberalismo clásico fracasa, prosigue este autor, es que el lenguaje de la no-interferencia no alcanza más allá del sector de opinión e intereses del que primordialmente salió. El ideal liberal de ser dejado solamente en paz, en particular por parte del estado, cobró alas en los tempranos días del capitalismo industrial, como ideal para la nueva clase de empresarios y profesionales que buscaban beneficios. En sus albores, el ideal de libertad como no-dominación resultaba atractivo en el mundo antiguo para quienes pretendían ocupar una posición en el extremo opuesto al de la esclavitud. En el siglo XVII ingles atrajo a quienes apreciaban una cultura jurídica que les confería derechos frente al soberano, deseoso de borrar todo espectro de poder absoluto y arbitrario. Atrajo en el siglo XVIII a los americanos como un ideal que expresaba su deseo de aguardar el dictado de un parlamento. Y también atrajo a la Francia revolucionaria, que rechazaba un régimen en el que el capricho del monarca era la ley suprema.

Yo sostengo, dice Pettit, que el lenguaje republicano de la libertad como no-dominación, proporciona un medio que permite articular un buen número de agravios, incluidos los agravios de grupos bien remotos de las comunidades de fundadores. No solo tiene un atractivo fundamental y universal como lenguaje de la libertad, también resulta pertinente para un sinfín de causas muy especificas, particularistas incluso. Al sostener que el republicanismo puede dar audiencia y voz a esa y otras causas, no pretendo afirmar que ser republicano lleve necesariamente a aceptar todas y cada una de las cosas por las que los movimientos en cuestión (ambientalismo, feminismo, socialismo y multiculturismo) han abogado. Al contrario, el republicanismo nos permite, y permite a quienes están en esos movimientos, dar voz a las agrupaciones relevantes. Pero no lo hace de manera acrítica; no lo hace de modo tal, que acabe rehén de esos movimientos. Al construir los agravios y las demandas manifestados, da cuenta específica y distintiva de las causas en cuestión, pero una cuenta que habrá de resultar convincente. Republicanizar las causas significa prestarles validez, pero inevitablemente significa validarlas en el marco de la lógica republicana”


Ambientalismo, feminismo, socialismo y multiculturismo.

1)    Ambientalismo: el ambientalismo radical,  no ofrece por si mismo, un lenguaje de agravios y exigencias que tenga la menor oportunidad de hacerse oír entre quienes están fuera del movimiento verde. El ambientalismo no hará si no presentarse como un movimiento sectario. Si se acepta esta lección, se puede defender la articulación de las preocupaciones ambientalistas en términos republicanos. El estado republicano, pues, que se dedica a promover la libertad como no-dominación, esta obligado a hacer suya la causa ambientalista. El estado republicano podría ser una comunidad política en la que los ambientalistas se hallaran como en su casa.
2)    Feminismo: el ideal de una mujer que no tenga que vivir  disposición del padre o marido, el ideal de una mujer que no tenga que mendigar la venia de estos o ganar su favor, se mantiene a través del último siglo. Cualquiera que se el progreso conseguido por los estados modernos, las mujeres aún tienen que padecer una vulnerabilidad especial en sus hogares, su trabajo y las calles. Y cuando as mujeres procuran individual o colectivamente por la mejora de su situación, a menudo se encuentran con una sociedad hostil. Tales agravios llegaran probablemente a ser audibles en muchos foros filosóficos, pero tienen que halar una resonancia en el auditorio de la política republicana.
3)    Socialismo: cuando esta ideología atacó al capitalismo por su tesis de la esclavitud de los salarios, el republicanismo resultó atractivo al sostener la idea de que los trabajadores no deberían estar expuestos a la posibilidad de esta interferencia arbitraria y que deberían gozar de libertad como no-dominación. El ideal republicano de libertad como no-dominación podría también congeniar con el socialismo. Anda implícito en la critica de esclavitud asalariada; da sentido a las impaciencias socialistas con la doctrina del libre contrato; y viene de apoyo de la creencia socialista en la legitimidad de recurrir a la acción industrial colectiva.
4)    Multiculturismo: la principal queja multicutural es que el estado moderno esta substancialmente organizado en torno a presupuestos ligados a una cultura preponderante: Conduce sus asuntos en el lenguaje de esa cultura; autoriza los hábitos religiosos de esa cultura; proyecta una imagen de vida derivada de esa cultura; funciona como leyes que tienen relación con prácticas de esas culturas; y así sucesivamente. El republicanismo en el estado moderno se orienta a promover la libertad como no-dominación; en consecuencia tiene razones y capacidades para cumplir con las exigencias de los miembros de las culturas minoritarias.

Políticas Republicanas

El republicanismo no es dogmático, ni doctrinario, que llegado e caso, los teóricos políticos deben ceder el paso a los juristas, a los científicos sociales y a otros expertos. Los republicanos están mejor dispuestos que los liberales, para confiar en medidas fiscales. Y son menos escépticos acerca de la deseabilidad del recurso a la intervención estatal.

La republica moderna, como cualquier otra forma de estado, tiene que ocuparse de la defensa frente a enemigos exteriores. La experiencia dice que, en la medida que los estados confían más en sus armas y en sus ejércitos como instrumentos de disuasión, se convierten en rehenes de las presiones y de la lógica militares. Así, mientras a política de defensa lleva a los republicanos a la arena internacional, la política relacionada con la protección de los ciudadanos individuales y con los grupos, les llevan al ámbito de lo interior. La vida pública de una comunidad  es de la mayor importancia para el disfrute de la no-dominación. Uno de los propósitos fundamentales del estado republicano tiene que ser el tratar de promover el tipo de formas de gobierno con control legal y democrático, que se vera enseguida.

Si queremos evitar que el estado republicano cobre una forma dominadora, arbitraria, es preciso garantizar que no se deje el menor margen posible al ejercicio del poder arbitrario. La primera condición es, usando la formula de James Harrington, que el sistema constituya “un imperio de la ley y no de los hombres”; la segunda: que se dispersen los poderes legales entre las diferentes partes; y la tercera: que haga a la ley relativamente resistente a la voluntad de la mayoría. La condición del imperio de la ley tiene que ver con el lugar y el contenido  de las leyes; la condición de dispersión del poder, con el funcionamiento cotidiano de esas leyes; y la condición contramayoritaria, con los modos de alterar legítimamente las leyes.

1)    La condición del imperio de la ley: tiene dos aspectos: a) prescribe que las leyes deberían tener cierto tipo de perfil, conforme a las restricciones descritas por los teóricos contemporáneos  del imperio de la ley; y b) presupone que la primera está ya satisfecha y que todas las leyes introducidas tienen un perfil satisfactorio.
2)    La condición de la dispersión del poder: tiende a disponer de un sistema de gobierno no manipulable y constitucionalista, estando investidos los poderes ejercidos por los funcionarios, de un régimen de derecho que tiene que estar disperso.
3)    La condición contramayoritaria: significa que el sistema satisfaga las condiciones del imperio de la ley, el cual no debe ser manipulado por voluntades arbitrarias. Y eso requiere que el sistema satisfaga las condiciones de imperio de la ley. No deberían ser hechas por el mismo individuo o por el mismo grupo; los poderes y los actos del estado deben estar dispersos entre diversos agentes

Democracia y disputabilidad.

Para promover la libertad como no-dominación, se necesita un sistema de gobierno que satisfaga las condiciones constitucionales establecidas. Se necesita un sistema constitucionalista para promover la libertad, pero las leyes dejarán ciertas decisiones en manos de diferentes individuos y de diferentes grupos. Las autoridades ejercerán un poder arbitrario, si las decisiones que toman pueden fundarse en sus intereses personales o banderizas de las obligaciones que entraña ser legislador, administrador o juez.

La democracia, según se entiende corrientemente, va ligada al consentimiento; está casi exclusivamente vinculada a la elección popular del personal del estado, o al menos, con la elección popular de la legislatura. Pero la democracia puede entenderse también, con un modelo más de disputa y de disenso, que de consenso. De acuerdo a este modelo, un gobierno será democrático, un gobierno representará una forma de poder controlado por el pueblo, en la medida que el pueblo, individual y colectivamente, disfrute de la permanente  posibilidad de disputar las decisiones del gobierno. La democracia es en suma, el autogobierno de un pueblo.

En lo que concierne a la disputabilidad, el republicanismo entiende que las autoridades ejercerán un poder arbitrario, si las decisiones que toman se hallan en posición de dominar a la gente corriente y esta tenga que inclinarse y arrastrarse entre ellas. La idea de disputabilidad nos da una pista, que nos asegure cuestionar las decisiones del poder público. Para los gobernantes, lo que los hace democráticos, es el hecho de que sean capaces de disputar a voluntad esas decisiones y que según el resultado de la disputa, se vean obligadas a alterarlas.

La base de la disputa radica en la república deliberativa. Si queremos que la toma pública de decisiones sea disputable de una manera republicana, si queremos que sea disputable de modo tal que la gente tenga garantías de que se atenderán sus intereses y a sus interpretaciones relevantes, debemos preferir la forma basada en el debate, la cual esta abierta a todos los que consigan argüir plausiblemente, en contra de las decisiones publicas. A esto se denomina republica de razones. El ideal de libertad como no-dominación, y más explícitamente la noción de la democracia deliberativa,  garantiza a los republicanos la forma normativa como funciona la democracia. En este carácter de foro abierto para la disputa, radica la república responsable.



El control de la república.

El republicanismo es una doctrina consecuencialista que asigna al estado y a las autoridades estatales, la tarea de promover la libertad como no-dominación. Surge asi el desafío regulador. El reto consiste en divisar mecanismos merced a los cuales se convierte a la república en un fenómeno sano y estable; una institución apta para sobrevivir a lo natural y culturalmente peor.

La tradición republicana siempre ha sido pesimista respecto de la corruptibilidad de los seres humanos en posiciones de poder, sin menoscabo de su relativo optimismo respecto de la naturaleza humana. Hay dos interpretaciones distintas del significado de este presupuesto: 1) que las personas en el poder son inevitablemente corruptas, es decir, en términos republicanos, esas personas toman inevitablemente decisiones, no atendiendo al bien común, sino a preocupaciones banderizas y particulares. Y 2) que las personas en cargos públicos o de poder, no son inevitablemente corruptas, sino intrínsecamente corruptibles, aunque puedan tomar decisiones efectivamente propias e imparcialmente fundadas.

Asumido que los detentadores del poder son corruptibles, cabe la posibilidad de que la virtud ciudadana desarrolle influencias propias, sin pretender que esas influencias basten por si propias para prevenir la corrupción. Nadie esta a salvo de sucumbir a las tentaciones de un poder sin vigilancia ni restricciones. Para el republicanismo, solo un régimen de controles y contrapoderes, pueden pesar sobre los magistrados, impidiendo que incurran en corrupción.  Las mejores precauciones son las siguientes:

1)    Ocultación de la verdad. Muchos de entre los cumplidores están verosímilmente motivados por el reconocimiento y la confianza cosechados por la probidad de su conducta. Pero esa motivación queda socavada, si las recompensas y los castigos están tan a prueba de villanos, que solo pueda esperarse que su probidad sea entendida como prudencia villana, no como virtud.
2)    Etiquetación: sirve para estigmatizar a la gente; resulta efectiva para que ésta se conduzca según la etiqueta que la ha sido impuesta, e introducir sanciones a prueba de villanos, de manera indiscriminada, pero puede tener el efecto de etiquetar a todas las partes relevantes, incluidos los naturalmente inclinados a cumplir, como desviaciones potenciales.
3)    Dependencia de las sanciones. Aún si los cumplidores siguen cumpliendo en presencia de sanciones a prueba de villanos, su cumplimiento puede hacerse dependiente de las sanciones, puede acabar condicionado a la identificación de premios y castigos adecuados, y así más fácilmente desviable a la primera tentación.
4)    Provocación. Los cumplidores pueden sentirse alienados, subestimados, resentidos, e incluso provocados, a la vista de sanciones que les presentan como partes necesitadas de vigilancia; y esos sentimientos muy probablemente  reducirán su motivación para cumplir.
5)    Cerrar filas. La introducción de sanciones a prueba de villanos, en particular, de castigos, pueden causar en los afectados el desarrollo  de un sentido de solidaridad, de manera que se hagan incapaces de dar la alerta sobre el comportamiento de los colegas. Frente a cualquier amenaza, tenderán a cerrar filas y a desarrollar el hábito de desviar la culpa hacia otros individuos o grupos.
6)    Selección adversa. La notoriedad de las sanciones a prueba de villanos, ya se trate de castigos o de premios, puede traer consigo el que los espontáneamente cumplidores dejen de sentirse atraídos por los cargos públicos; la gente atraída puede acabar siendo aquella que no se ve afectada por la presencia de esas sanciones.

Constitucionalismo y democracia. La república constitucionalista y democrática,  ofrece una imagen de la forma que ha de tener el estado para reducir la presencia de voluntad arbitraria, buena o mala, en el aparato coercitivo del estado. Dichas medidas constitucionales y democráticas, relacionadas con las formas republicanas, requieren el imperio de la ley, las cuales tiene que valer también para quienes las hacen.

Las restricciones de la dispersión del poder exigen que las decisiones legislativas, ejecutivas y judiciales estén en diferentes manos. Esto sirve para aumentar las posibilidades de que las autoridades, corruptibles como son, sigan la senda de la virtud, para que desempeñen sus cargos con la debida consideración al bien público. De este modo, las medidas constitucionalistas mencionadas instituyen mecanismos de estabilización de la república y el proceso democrático descrito tienden también a un efecto semejante.

Un elemento singularmente importante  en la imagen disputatoria de la democracia es un cuerpo legislativo que es deliberativo, no solo en el sentido de basar  sus decisiones en consideraciones de interés común, sino también ene l sentido de componer una cámara de debate incluyente e interactiva. La república ideal entraña una variedad de medidas regulatorias y autoestabilizadoras  para conseguir su estabilización.

El primer principio esta centrado en los cumplidores, según el cual, la criba positiva de los candidatos, actúe también de criba negativa sobre los inaptos. Las posibilidades de criba se dan respecto de acciones e iniciativas, así como respecto de los individuos.

El segundo principio está centrado en los cumplidores, en el sentido que tanto una asamblea legislativa, como los miembros de un gobierno responsable, apunte aun conjunto de ordenamientos que estimulen el respeto y la consideración. Y estos dispositivos movilizadores de respeto y consideración deben resultar reforzados  en una cultura en la que los hechos parlamentarios son objeto de atención pública y atraen la alabanza o la censura a través de la cobertura de los medios de comunicación.

El tercer principio centrado en los cumplidores concierne en la búsqueda de modos verosímiles de frenar y controlar a quienes se hallan en posiciones de poder, a fin de estabilizar a la república ideal en una estrategia centrada en una tercera medida, a saber, establecer el modo de organizar  sanciones escalonadas que puedan resultar necesarias para lidiar con los verdaderamente villanos, es decir, con aquellos que se las arreglan para ocupar posiciones de poder, y una vez en ellas, se inclinan resueltamente por perseguir sus propios objetivos personales o banderizos.

En conclusión, la causa de la libertad republicana, es la causa del constitucionalismo y la democracia. Los teóricos políticos han preferido durante mucho tiempo estas cuestiones, a favor de asuntos mas metafísicos o fundamentales. Prefirieron gastar su tiempo en reflexiones sobre el consentimiento, la naturaleza de la justicia o las bases de la obligación política, antes que en asuntos mundanos de diseño institucional. Han optado por hacer teoría ideal, mas que le tipo de teoría que tiene ago que decir sobre el mejor modo de promover nuestros objetivos en el imperfecto mundo real. Tal distancia respecto del análisis institucional es seguramente compatible con determinadas filosofías políticas, pero resultaría letal para cualquiera que se interesara por la libertad como no-dominación.

La civilización de la república.

Para lograr tan importante propósito, se requieren algunos factores fundamentales. 1) La necesidad de civilidad, que es la primera y más importante de las razones de que una república necesite que sus leyes estén encauzadas en una red de normas, en cuyo contexto la gente disfruta de un mayor grado de no-dominación, en un régimen en que haya normas que sostengan a las leyes republicanas. 2) Asegurar la legitimidad de la ley, línea inspirada en Rosseau, en la cual se realiza el goce de la capacidad de no ser vulnerable a la voluntad ajena. 3) Promover la mano intangible, ligada al mercado de bienes y servicios, y a estructuras mercatiformes que puedan introducirse  en la esfera política. 4) Internalización o identificación, finalmente, mediante los cuales tendemos a pensar de un modo natural en que a civilidad, y en general, la virtud, son cosas de interiorizar valores que fuercen a la gente a extender sus deseos, más allá de sus preocupaciones estrechas y egoístas. La imagen de la civilidad como internalización, representa la fidelidad a las normas cívicas; y la identificación es el vínculo que pone de manifiesto que la civilidad no pasa por una mera negación del yo personal.

Civilidad y Confianza.

Hay razones para creer que la república institucional, necesita fundarse en una civilidad ampliamente difundida. Y es preciso comprender también la conexión entre la civilidad ampliamente difundida y la confianza ampliamente difundida. Un orden jurídico y político decente, solo es posible en una sociedad en la que se den unas grandes dosis de confianza activa y exitosa, y unos grados relativamente intensos de vida cívica.  Esta observación invita a una conexión entre este enfoque y el efectuado por la ciencia social reciente. De ahí proviene la relación entre confianza y vigilancia. Lo que vale para la confianza, vale también para la desconfianza; en particular, para la desconfianza personal. “Yo no veo, dice Pettit, tensión alguna entre la creencia republicana en una urdimbre de civilidad ampliamente difundida y de confianza personal, de un lado; y el énfasis puesto en el mantenimiento de la vigilancia perenne, del otro. La vigilancia implica solo desconfianza expresiva. El consejo republicano es que cualquiera que sea la confianza que el pueblo sienta respecto de las autoridades, tendrá razones tanto mayores para sentirla, cuanto mas insista en que las autoridades pasen por el aro, a fin de probarse virtuosas”.

Confianza y No-Dominación

El republicanismo se ve incomodado por la aceptación de una urdimbre de confianza mutua entre la gente, equivalga a dependencia o vulnerabilidad, y que cualquier complacencia con esa confiada seguridad sea inconsistente con la creencia en el valor de la libertad como no-dominación. El régimen de confianza y de seguridad mutuas al que aspiran los republicanos al buscar una pauta de civilidad ampliamente difundida, es una urdimbre que maximiza las expectativas de libertad como no-dominación. Se erige sobre una infraestructura institucional de leyes y regulaciones republicanas, diseñadas a fin de hacer todo lo posible en este nivel de planificación, para prevenir la dominación. La idea rectora es que las garantías institucionales no pueden hacer más, para combatir la dominación. En última instancia, la república tiene que confiar en garantías de naturaleza menos tangibles, y tal vez menos gratificadora de la imaginación.

Actos de confianza personal.

Si hay algo substancial en los retos que se acaban de analizar, desde luego no es que el valor republicano central se eche a perder por apelar a una urdimbre institucional y cívica que exige un buen tanto de seguridad y confianza, en particular de confianza personal. Buena parte de los bienes supremos de la vida proceden de las declaraciones de confianza personal, como cuando iniciamos, puntualiza Pettit, relaciones de amistad, arriesgándonos en estos actos: mostrando que nos ponemos confiadamente en manos y a merced de otras personas. La libertad republicana  tendería ineluctablemente a parecer menos grande de lo supuesto, si la adhesión a ella resultara inhibitoria de este tipo de declaraciones.

Pero la libertad republicana supone que los actos creativos de confianza personal, son posibles en un contexto y en una sociedad donde todas las partes disfrutan de niveles mas o menos iguales de no-dominación. Pero si no disfrutan todos de esa libertad y de la posición que va con ella, entonces los actos en cuestión no serán eficaces de la misma forma. Si la persona dominante se deja llevar por el impulso de ponerse a merced de la dominada, no se entenderá esto sino como una farsa de condescendencia. Y si la persona dominada es la que se deja llevar por ese impulso, no se entenderá sino como una postura fingida y servil. Solo si las partes pueden mirarse de frente, confiadas en el común disfrute de la libertad como no-dominación, pueden las declaraciones de confianza personal tener el potencial comunicativo y creador que es deseable.

Concluye Pettit: “De manera que la vigilancia republicana  no solo es compatible con un régimen de civilidad y de confianza personal. Y no solo es el objetivo republicano de promover a libertad como no-dominación compatible con fiar en ese régimen los progresos en la realización de ese ideal. Se aprecia así que coherentemente con la aceptación de la teoría republicana de la libertad y del estado, podemos ver el sentido y el valor de que la gente fíe  la construcción de un mundo de relaciones de mutuo apoyo a las declaraciones de confianza personal. No hay nada mezquino ni estrecho en los fines ni en los medios republicanos. El proyecto republicano culmina del modo más natural, en la concepción de una sociedad en que la civilidad y la confianza están ampliamente difundidas”.

Fin


No hay comentarios:

Publicar un comentario